
El docente recibió un e-mail de Educació instándole a inocularse para poder seguir dando clase
Los efectos secundarios de la vacuna contra la covid pueden considerarse un accidente de trabajo y no una enfermedad común. Esta es la conclusión de una pionera sentencia de un juzgado de Barcelona que da la razón a Pedro García, un profesor de secundaria que en el 2021 tenía 47 años y que, junto a miles de servidores públicos, fue vacunado en un clima público de “salvamento”.
García alegó en su demanda judicial que recibió un e-mail del Departament d’Educació instándole a vacunarse y que no fue informado de las posibles secuelas del fármaco; también remarcó que no pudo elegir qué vacuna inocularse, y que recibió la de Astrazeneca.
La sentencia puede ser recurrida, pero si llegara a ser confirmada por el Tribunal Supremo podría tener enormes repercusiones económicas, dada la mayor cobertura asistencial que tienen los accidentes de trabajo frente a las enfermedades comunes.
Sentencia pionera
La sentencia puede ser recurrida, pero si llegara a ser confirmada por el Tribunal Supremo podría tener enormes repercusiones económicas
La ley general de la Seguridad Social establece que accidente de trabajo es aquel, entre otros, que ocurra “en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo”.
Pedro García fue vacunado el 24 de febrero de 2021 y menos de un mes después, el 17 de marzo, acudió a urgencias del Hospital del Mar de Barcelona. Quedó ingresado por “tromboembolismo pulmonar bilateral de alta carga, hemorragia alveolar, trombosis porto-esplénica y plaquetopenia”. Estuvo muy grave, y de baja laboral continuada hasta el 14 de julio del año siguiente.
La sentencia remarca la idea de salvamento que cundió socialmente aquellos meses, y que como profesor de un instituto público debió acatar García.
La resolución de la titular del Juzgado de lo Social número 31 de Barcelona subraya que, según la misma ley, los accidentes de trabajo son también los ocurridos “con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de su grupo profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa”.
En su demanda, representada por el abogado Francesc Feliu, de Feliu Fins Espacio Jurídico, García esgrimió que acudió “al llamamiento de la responsabilidad social de la ciudadanía” por parte de las autoridades, para que los servidores públicos se vacunasen, configurándose ese llamamiento “como una obligación ética, moral y legal” y como “un deber colectivo y de responsabilidad individual ante la situación caótica” causada por la pandemia. Feliu tiene varias decenas de casos similares en cartera.

El Departament d’Educació y la mutua Asepeyo -que asume las contigencias laborales públicas- alegaron que la vacuna no era obligatoria y que García se vacunó voluntariamente.
La jueza admite que “los protocolos no determinan de forma tajante y directa la voluntariedad en la vacunación pero no debe olvidarse la prescripción del artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores”, que los obliga a “observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad y salud” en su ámbito profesional.
También subraya que “ninguna de las demandadas solicitó el interrogatorio” de García para comprobar si lo obligaron a inocularse o no, y toma como referencia el correo electrónico “en el que literalmente se indica al trabajador que solicite día y hora para vacunarse, agradeciendo su colaboración”. Con todo eso, García acudió a pincharse.
En total, el personal docente al que se hizo ese llamamiento en España fue de 1.069.726 personas.
El demandante no tenía antecedentes médicos relevantes ni factores de riesgo que pudieran actuar como causas alternativas a los trombos que le llevaron a cuidados intensivos. Por ello, “se puede establecer una relación de causalidad” entre la vacuna y el cuadro de trombosis que padeció. “Existe por tanto relación de causalidad entre el virus, la vacuna y las consecuencias de la misma tanto a nivel positivo, control de la pandemia, como a nivel negativo, efectos adversos del suministro de la vacuna como sucede en el presente caso”, dice la jueza, que ha sido inusualmente rápida en su resolución: el juicio tuvo lugar el lunes 17 de marzo, y la sentencia fue notificada a las partes el jueves 20.
Datos
En total, el personal docente al que en España se hizo un llamamiento a vacunarse fue de 1.069.726 personas
Un informe del Ministerio de Sanidad aportado a la causa admitía que “el síndrome de trombosis con trombocitopenia es una reacción adversa identificada e incluida en la ficha técnica y prospecto de la vacuna Vaxzevria, con frecuencia de aparición muy baja”.
“No obstante –añadía- en la fecha de administración de la vacuna, el beneficio de la vacuna frente a covid-19 en la prevención de hospitalización y muerte (…) superaba el riesgo de posibles reacciones adversas”.
Del mismo modo, decía que “la Administración ha actuado correctamente, difundiendo información y recomendaciones actualizadas en todo momento y elaborando y difundiendo información específica accesible a todos los ciudadanos” y recordaba que en los portales públicos sanitarios existía información suficiente, para profesionales sanitarios y para ciudadanos de a pie, para consultar sobre sospechas de reacciones adversas a las vacunas. Añadía que la receta no era necesaria en la vacunación contra la covid.
García, que volvió al trabajo, necesitará medicación crónica a consecuencia de la enfermedad contraída con la vacuna.
En el Reino Unido, Astrazeneca afronta una demanda colectiva por 51 casos de muertes o daños graves que supuestamente provocó su vacuna, desarrollada con la Universidad de Oxford. Los denunciantes reclaman daños y perjuicios por más de 100 millones de libras.
Secuelas
En mayo del 2024 Astrazeneca anunció que abandonaba la vacuna anticovid por razones comerciales
Hace un año, en un documento presentado ante el Tribunal Superior, la farmacéutica anglo-sueca admitió por primera vez que su vacuna “puede, en casos muy raros, causar TTS”, siglas en inglés del síndrome de trombosis con trombocitopenia. En mayo del 2024 Astrazeneca anunció que abandonaba la vacuna anticovid por razones comerciales.
En España, un total de 39.292.599 millones de personas recibieron, entre diciembre del 2020 y junio del 2023, al menos una dosis de la vacuna. La mayoría, 28,9 millones, recibieron la vacuna de Pfizer; 5,3 millones, de Moderna; 5,1 de Astrazeneca, y 1,9 de Janssen.
Fuente La Vanguardia
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